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viernes, 4 de febrero de 2011

El negro futuro que nos espera

Juan Rosell, Ignacio Fernández Toxo, José Luis Rodríguez Zapatero, Valeriano Gómez, Cándido Méndez y Jesús Terciado

Españoles, lo social ha muerto. Viva los mercados. Larga vida al capital, muerte al proletario.

El Gobierno debe aprobar, con anterioridad al 18 de junio de 2011, un proyecto de Ley por el que, sin incremento de las cotizaciones empresariales, se regule la constitución de un fondo de capitalización para los trabajadores, mantenido a lo largo de su vida laboral, por una cantidad equivalente a un número de días de salario por año de servicio a determinar, que se hará efectivo en los supuestos de despido, de movilidad geográfica, para el desarrollo de actividades de formación o en el momento de su jubilación.

Bajo un epígrafe llamado “Fondo de capitalización”, perdido entre los acuerdos en material laboral y los acuerdos en materia industrial y energética, encontramos este más que preocupante párrafo que parece no decir nada, pero que en realidad supone la habilitación de los sindicatos al Gobierno para regular el libre despido de cualquier trabajador; se trata de un fondo a pagar por los propios trabajadores (“sin incremento de las cotizaciones empresariales”), que constará de un importe equivalente a X días de salario por año trabajado (¿no les suena esto?) y que podrá utilizarse en el momento del despido (indemnización por despido derogada), en los casos de movilidad geográfica (para pagarse el alquiler), para el desarrollo de actividades de formación (para pagarse su formación) o en el momento de la jubilación (si es que al trabajador le queda algo en ese fondo a esas alturas).

Pero no crean ustedes que lo hemos visto todo ya, no. Quienes ahora tienen menos de 46 años, que no hagan previsiones para jubilarse a los 67:

A partir de 2027 los parámetros fundamentales del sistema se revisarán por las diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años de la población en el año en que se efectúe la revisión y la esperanza de vida a los 67 años en 2027. Dichas revisiones se efectuarán cada cinco años.

En 2032 se realizará la primera revisión de los “parámetros fundamentales del sistema”, así que ya podemos ir rezando para que nuestra esperanza de vida se venga abajo si no queremos estar trabajando hasta los 80 años con el bastón y el andador arriba y abajo; a partir de 2032 quedarán las calles limpias de jubilados mirando las obras u ocupando los bancos de los parques con chácharas improductivas: estarán convalecientes en sus camas esperando a la muerte, y las ciudades parecerán mucho más jóvenes. Qué “guay”.

Todo esto (y, por desgracia, mucho más) lo podemos encontrar en las escasas (menos mal) 37 páginas del Acuerdo social y económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones que ayer firmaron el Gobierno, los empresarios y los sindicatos; a esa derogación de las indemnizaciones por despido (para Junio de este año) y al incremento indefinido de la edad de jubilación (a partir de 2032) se unen los incrementos de las bases mínimas de cotización para los trabajadores autónomos, la supresión completa de los beneficios sociales para los trabajadores agrícolas, el incremento de los años cotizados necesarios para acceder al 100% de la pensión (de los actuales 35 se pasa a los 38 y medio) o el aumento en el período de cálculo de la base de la pensión (de 15 pasa a 25 años).

¿Y cómo contribuyen las empresas al sostenimiento del sistema? Pues, directamente, no contribuyen: eliminación de las cuotas empresariales de cotización a la Seguridad Social para contratos a tiempo parcial a jóvenes, asunción por parte de los trabajadores de las indemnizaciones por despido, mantenimiento de las bonificaciones en las cuotas empresariales de cotización a la Seguridad Social para contratos a mayores de 45 años, adecuación de todos los convenios colectivos “a fin de dar la necesaria y urgente respuesta a la viabilidad de las empresas”…

El PSOE, consciente del mazazo que esto supone para sus votantes, ha cerrado filas entorno al acuerdo (con artículo de Felipe González y panfleto de la Fundación IDEAS incluidos) para dar una cínica sensación de unanimidad en cuanto a la imperiosa e ineludible necesidad de aplicar las medidas acordadas; lo que es más difícil de explicar es cómo es posible que los sindicatos (nadie cree ya a estas alturas, con todo lo que ha caído en el último año, que el PSOE vaya a cambiar su rumbo hacia las teorías neoliberales) hayan accedido sin más a firmar un documento en el que parecen haber puesto más interés en llegar a acuerdos en materia energética que en materia laboral. Tal vez todo tenga una explicación, pero yo, personalmente, ni la veo ni creo que cualquier aclaración, por muy ingeniosa que parezca, sea válida para recuperar esa legitimidad cada vez más menguante (tal y como se reconoce en el propio acuerdo) de los representantes sindicales, cada día más políticos y menos sindicales; porque es muy poco creíble que los sindicatos no hayan manejado datos similares a éstos y que no hayan sido capaces de exhibirlos para frenar este acuerdo.

Pero por si la decepción hacia los dirigentes de la ya casi extinta izquierda española no fuese suficiente, desde el otro extremo (al menos en teoría) del espectro político se afanan (y se ufanan) en aplaudir el irremediable giro político del socialismo (Ángela Merkel y Nicolás Sarkozi han felicitado a Zapatero por su valentía) y en exigir más medidas en la misma dirección (eliminar la vinculación del aumento de los salarios al IPC, reducción a la mínima expresión de los impuestos a las empresas…).

Y si a algún incauto le queda todavía la ilusión de los avances sociales de los primeros años de gobierno socialista, que se vaya haciendo a la idea de que todo ha sido un espejismo del que Rajoy nos va a despertar con unos buenos sopapos: derogación de la Ley del Aborto, del matrimonio homosexual, de la Ley de Memoria Histórica…

Si todo esto no es una invitación a practicar activamente la abstención política, a lo que se nos obliga es a ejercer otra opción menos civilizada, aunque  tal vez mucho más efectiva: la rebelión.

No future, no future, no future for you…

viernes, 27 de noviembre de 2009

El aborto como crimen

Tras casi 25 años de la despenalización del aborto en determinados supuestos, y sin que los Gobiernos de izquierda y de derecha con mayorías absolutas hayan puesto en duda dichos supuestos (por lo que entiendo que hay una amplia aceptación social en los casos recogidos por la Ley), he de reconocer que me choca encontrarme con personas que, a día de hoy, no aceptan el aborto ni tan siquiera cuando estamos ante un embarazo provocado por una violación (uno de los supuestos en los que abortar está despenalizado); haciendo juegos malabares con los daños morales de la mujer violada, acaban concluyendo que esa mujer, víctima de un crimen, está obligada a cargar al menos nueve meses (si no toda la vida) con el fruto de su violador. Pocas veces veremos (por no decir nunca), en legislaciones democráticas avanzadas, que una víctima deba ser castigada con obligaciones por el delito de su agresor; pero la moral cristiana (y la religiosa en general) es capaz de eso y de mucho más.

A la hora de discutir del aborto con algún antiabortista, recurrir habitualmente a este caso extremo del aborto por violación es el camino más directo para que reflexionen sobre la crueldad a la que lleva esa moral religiosa que poco o nada tiene que ver con lo que se sabe, en pleno siglo XXI, del desarrollo del feto y de sus distintas etapas vitales; es el eterno retorno eclesiástico (tan cristiano) a la caza de brujas y a la quema de herejes, que acaba habitualmente con una condescendiente absolución caritativa de un crimen cometido por la violada que acaba por abortar (curiosamente, hay muy pocos antiabortistas que condenarían a una mujer violada por abortar), clara manifestación de que la hipocresía sigue siendo la única vía que pueden seguir los cristianos ante la enquistada inoperancia eclesial ante los avances en el conocimiento médico-científico. La única solución cristiana moralmente válida al aborto de una mujer violada es, cómo no, mirar hacia otro lado, aunque la mujer sea considerada una asesina infanticida.

El gran problema de los antiabortistas es que no pueden reconocer ninguna excepción al aborto como crimen, puesto que reconocer alguna excepción (aunque se trate de la más vil y cruel de las violaciones) desmoronaría por completo todo el castillo de naipes en el que se fundamenta su concepción del aborto.

El feto, según la visión antiabortista, tiene vida propia (humana) desde el mismo momento de la fecundación; esa vida propia no tiene una base científica o médica, sino que viene determinada de antemano por las Sagradas Escrituras: Dios crea y da vida, por lo que, desde el mismo momento de la existencia de un embrión, existe un alma. Poco importa que esa alma sea un cúmulo deforme de células sin brazos, sin corazón, sin cerebro o sin sensaciones: Dios lo ha creado y la mujer, violada o no, no tiene más opción que resignarse y asumir el destino divino.

Sin embargo, científicamente está demostrado que el feto (que es embrión hasta las ocho semanas) no desarrolla un sistema nervioso (es decir, no tiene sensaciones, ni dolorosas, ni placenteras, ni de ningún otro tipo) hasta la 16ª semana, cuando se desarrolla el primero de los cincos sentidos: el tacto. El feto pesa entonces 120 gramos.

Aunque lo que diga o deje de decir la ciencia no les interesa lo más mínimo a los antiabortistas, ante la imposibilidad de demostrar el sufrimiento físico (como el que pudiera tener cualquier ser vivo) del embrión o del feto, los antiabortistas acuden raudos a las, según ellos, extraordinarias secuelas físicas en la mujer, trasladando datos de principios de los 70 a la actualidad (cuando ni tan siquiera se requiere intervención quirúrgica para abortos practicados hasta el 2º trimestre de gestación) o extrapolando técnicas abortivas que sólo se practican en los estados de gestación más avanzados (como la histerotomía o la histeroctomía) a la totalidad de las distintas etapas del embarazo; a esta serie de burdas manipulaciones le suelen acompañar leyendas urbanas acerca de la mayor propensión a contraer cáncer de útero si se ha practicado un aborto o relatando crueles, sangrientas y mortales operaciones abortivas que resultan ser mezclas de distintas historias, todas ellas ajenas a los centros médicos y algunas, incluso, de hace décadas.

En esta ocasión es la propia realidad la que pone a cada uno en su sitio, puesto que no existen complicaciones en más del 99% de los abortos practicados, mientras que la tasa de mortalidad es inferior al 0,001%.

La huida hacia adelante de un antiabortista ante este baño de realidad pasa, indefectiblemente, por recurrir a los daños morales de la embarazada; en este caso, el principal problema reside en que un antiabortista nunca acepta los daños morales que puedan resultar de la obligación de una mujer violada de llevar en su seno el fruto de su propia violación. El Fundamento Jurídico 11º de la famosa Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de Abril de 1985, en la que se trató el Proyecto de Ley para despenalizar el aborto, sirve perfectamente para explicarle a un antiabortista la aberración (tanto jurídica como moral) a la que aboca esa extraña moralidad:

«La gestación ha tenido su origen en la comisión de un acto no sólo contrario a la voluntad de la mujer, sino realizado venciendo su resistencia por la violencia, lesionando en grado máximo su dignidad personal y el libre desarrollo de su personalidad, y vulnerando gravemente el derecho de la mujer a su integridad física y moral, al honor, a la propia imagen y a la intimidad personal. Obligarla a soportar las consecuencias de un acto de tal naturaleza es manifiestamente inexigible; la dignidad de la mujer excluye que pueda considerársele como mero instrumento, y el consentimiento necesario para asumir cualquier compromiso u obligación cobra especial relieve en este caso ante un hecho de tanta trascendencia como el de dar vida a un nuevo ser, vida que afectará profundamente a la suya en todos los sentidos.

Por ello la mencionada indicación no puede estimarse contraria a la Constitución». Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de Abril de 1985, Fundamento Jurídico 11º.

Finalmente, y por no alargar más este artículo (aunque haya materia de sobra para alargarlo), siempre habrá quien apele a una parte de la ciencia para intentar justificar su argumentación; es el caso, por ejemplo, en el que se alude al ADN como portador de la vida (en lo que aparenta una especie de equiparación entre el alma y el ADN). Existe un serio problema al respecto, puesto que el ADN (toda la información genética) que formará el feto ya está presente tanto en los óvulos que cada 28 días son asesinados por las mujeres en edad de procrear como en los miles de millones de espermatozoides que son exterminados todos los días en nuestro país; y es que no podemos olvidar que, para evitar que la sociedad civil, a través de consideraciones religiosas, caiga en el más absoluto de los absurdos, el propio Código Civil sólo otorga la condición de persona al feto nacido con figura humana y que sobreviva más de 24 horas fuera del seno materno.