lunes, 25 de febrero de 2013

Una nueva conspiración: el "feminazismo" (I)

Tenía este artículo "en el congelador" porque pensaba que era un conspiracionismo muy minoritario, pero Toni Cantó (en la línea de apuntarse a cualquier conspiracionismo que ha seguido desde su fundación UPyD, con Rosa Díez chupando columnas por el 11-M en El Mundo cada vez se veía necesitada de un poco de publicidad gratuita), todo un Diputado y representante de varios miles de españoles, ha considerado de interés público apoyar las nuevas teorías del "feminazismo" exterminador de varones. Así que lo saco del congelador tal cual lo dejé; ahí va la primera parte.

Esta entrada no pretende menospreciar el sufrimiento al que se hayan visto abocados quienes hayan sufrido falsas acusaciones o penas injustas en base a la actual legislación sobre violencia de género, ni minusvalorar los abusos que determinadas personas hacen de esta normativa; más bien al contrario, pretende frenar a quienes, por despecho o sed de venganza personal, se ven tentados de abrazar teorías que pretenden combatir la exageración o falseamiento de datos con la misma medicina. Combatir a personas individuales desalmadas y sin escrúpulos mediante la extensión generalizada de esa maldad hacia una heterogeneidad de individuos sólo es posible mediante la manipulación interesada de datos y una obstinada negación de la realidad, que es lo que da lugar a las teorías conspirativas más absurdas y ridículas. Hecha esta primera aclaración, entremos en materia, que no es poca.

Se ha extendido por algunas bitácoras (y se sigue extendiendo por foros y redes sociales) una nueva teoría de la conspiración: el “feminazismo” amenaza con la extinción y el aniquilamiento (civil e incluso físico) del varón.

El texto principal sobre el que se han ido desarrollando otros textos fue elaborado por un tal Carlos Caldito Aunión cuando éste era Secretario de Organización de la Federación de Asociaciones por la Custodia Compartida; la primera aparición del texto se remonta al 29 de Abril de 2005, en un comentario (el único) a una carta publicada en la web de 20 minutos el día anterior.

El principal problema que nos podemos encontrar para combatir este conspiracionismo es que sus defensores suelen ser personas que han sufrido en sus propias carnes, directa o indirectamente, la pérdida de la custodia de un hijo o una condena por maltrato, por lo que la visceralidad es extrema y el debate es prácticamente imposible; se hace imprescindible, por lo tanto, hacer entender al conspiracionista (tarea harto difícil) que utilizando argumentos y datos falseados no se puede llegar a entender su postura, por muy legítima que sea. De hecho, el uso de insultos, falsedades y obstinaciones irracionales para argumentar su postura desemboca en última instancia en su ilegitimidad argumental e incluso en un rechazo personal, haciendo que sus argumentos acaben siendo de escasa o nula relevancia para mostrar o demostrar los casos concretos (que sí existen, tanto en forma de denuncias falsas como en forma de sentencias injustas) en los que la protección de la mujer se convierte en un abuso hacia el varón y sus derechos fundamentales.

En algunos casos nos encontraremos incluso con individuos aparentemente desequilibrados, hasta tal punto que no son capaces de aceptar que sus falsos argumentos puedan herir a muchas personas a las que los malos tratos les han destrozado completamente la vida, o incluso que hayan podido perder a algún ser querido a manos de un maltratador, puesto que, en última instancia, el discurso irracional de este conspiracionismo les lleva irremisiblemente (ya que lo contrario supondría tener que aceptar la necesidad de la discriminación positiva) al negacionismo absoluto respecto a la discriminación histórica (y, por supuesto, actual) de la mujer.

Así, lo que en un principio era un texto que exponía determinados excesos en la aplicación de la discriminación positiva hacia la mujer en lo referente, sobre todo, a la custodia compartida, ha acabado deviniendo en una obsesión paranoide respecto a cualquier iniciativa de apoyo hacia la mujer, considerándose siempre y en todo caso que esas iniciativas son una nueva triquiñuela del gran poder establecido en línea con la persecución inmisericorde hacia el varón.

Para llegar a esta disparatada conclusión deben darse dos premisas, aceptadas como verdades absolutas por estos conspiracionistas:
  1. Todos los datos referentes a maltratos, discriminación laboral, discriminación social, etc. son falsos.
  2. En consecuencia, no existe la presunta desigualdad que se pretende corregir con las políticas de género.
Obviamente, la conclusión a la que se llega es que si no hay desigualdad que corregir, lo que existe es una campaña interesada y perfectamente orquestada para beneficiar a la mujer y perjudicar al varón a través de políticas de desigualdad.

Como toda gran conspiración que se precie, los dos dogmas expuestos se retroalimentan entre sí, de forma que cualquier dato malinterpretado o directamente tergiversado (como las diferencias en los ingresos laborales) sirve para demostrar que no existe desigualdad y, a su vez, cualquier dato que muestre una igualdad de género (como el acceso a la educación) sirve para demostrar que los datos que dicen lo contrario (como los referentes a la discriminación laboral) son falsos.

El conspiracionismo no puede ser atacado desde la generalidad, puesto que ante una exposición de mero sentido común (por muy de sentido común que sea), la respuesta suele ser una retahíla de datos extraídos tal cual de sus fuentes dogmáticas; no existe otra forma de combatirlo, por lo tanto, que la puesta de manifiesto de la validez de los datos que ellos consideran falsos y de la falsedad de los datos que ellos consideran dogmas inquebrantables.

Empecemos:
«1.- La denominada "perspectiva o teoría de género" trata de malversar el lenguaje social de izquierdas en el que la violencia es consecuencia de la desigual repartición de las riquezas, por otro en el que la violencia es consecuencia de la diferencia entre hombres y mujeres por razón del sexo. Se obvia así la mala conciencia de constatar que existe una mayor diferencia entre una mujer rica y una mujer pobre que entre sexos contrarios.»
Este primer punto trata de llevar hacia opciones progresistas un discurso puramente negacionista: no existe desigualdad de género por cuanto existe mayor desigualdad económica de clase que de género. Se trata de intentar demostrar que el poder establecido está intentando desviar el discurso progresista desde cuestiones económicas de clase (que es el que debería primar) a cuestiones económicas exclusivamente de género; obviamente, pueden existir y coexistir ambos discursos, primero porque no son incompatibles y segundo porque la existencia de uno no anula la existencia del otro (es decir, existen los dos problemas, y ambos deben ser abordados). De hecho, la existencia de ambos problemas, desde la perspectiva «social de izquierdas», no significa más que la necesidad de abordar con mayor ímpetu las políticas destinadas a que las personas afectadas por ambas desigualdades (la de clases y la de género) permitan superar ambas discriminaciones.
«2.- La "perspectiva de género" utiliza conceptos "biológicos" para explicar y justificar las diferencias conductuales entre los seres humanos, argumentos al fin y al cabo del mismo tipo que la raza o el color de la piel… La "ideología de género" no contempla la violencia como un fenómeno global en que también los varones son víctimas del sistema: guerras, trabajos peligrosos, situaciones de especial vulnerabilidad…»
Aunque de una forma un tanto enrevesada, lo que se viene a decir en la primera parte de este punto es que el feminismo es una especie de nuevo nacionalsocialismo en el cual los arios son las mujeres y los judíos serían los varones (se intenta arrimar el ascua hacia todo aquel que no se considere racista); no se especifica qué conceptos biológicos son los que devendrían en una aplicación nacionalsocialista de la diferencia entre géneros, aunque curiosamente esos conceptos biológicos también son utilizados profusamente por el propio conspiracionismo en otros textos emanantes de este primero (como éste, publicado inicialmente en todopolitica.com el 07/09/2009 –esa Web está actualmente fuera de servicio, por lo que se enlaza el texto a la Web de la Asociación Gallega de Padres y Madres Separados, que lo recoge íntegramente, al igual que un gran compendio del argumentario de este conspiracionismo–):
«Numerosos estudios, demuestran que cerebro y sistema endocrino de hombres y mujeres son innatamente diferentes.»
En la segunda parte se introduce una especie de sesgo (muy presente en toda la exposición conspiracionista) según el cual se omiten por sistema los agravios comparativos relativos a la violencia soportada mayoritariamente por el varón, obviando por completo la discriminación hacia la mujer en casi todas las actividades enumeradas (a la mujer no se le permite el acceso al ejército en muchos países –y hasta 1988 ni tan siquiera en España–, por lo que difícilmente pueden ser víctimas de la guerra como parte integrante del propio ejército; asimismo, el acceso a trabajos peligrosos también ha estado hasta fechas muy recientes –y sigue estándolo en muchos países– prohibido para la mujer, como es el caso de la minería extractiva, donde no se admitió a una mujer hasta 1993, tras una Sentencia del Tribunal Constitucional).
«3.- Quienes se manifiestan partidarios de la "teoría de género" se oponen radicalmente a la Custodia Compartida de los hijos tras los procesos de separación y divorcio, aún sabiendo que no hay apenas nadie que se oponga a ella, es más, los diversos estudios científicos demuestran que es la mejor solución para el bienestar del menor; como también saben del buen resultado que las leyes que sobre Custodia Compartida están dando en los países de nuestro entorno cultural: Francia, Bélgica, Países Nórdicos, E.E.U.U. Canadá…»
Se trata de dar a entender en este punto que quienes se oponen a la custodia compartida (puesto que este era el tema principal del texto inicialmente) son radicales («se oponen radicalmente»), son una minoría («no hay apenas nadie que se oponga a ella [a la custodia compartida]») y, además, están empecinados en no querer avanzar en el mismo sentido que los países de nuestro entorno («saben del buen resultado que las leyes sobre custodia compartida están dando en los países de nuestro entorno»). Y para determinar quiénes se comportan así, se establece que son los partidarios de la “teoría de género”, es decir, todos aquéllos que otorgan validez, en mayor o menor medida, a las políticas de discriminación positiva hacia la mujer.
«4.- El feminismo de género considera a los hijos como un bien privativo de las mujeres, uniendo su ideología a las más reaccionarias ideologías totalitarias.»
Lo cierto es que hasta hace bien poco (en Inglaterra o en Estados Unidos hasta 1980 y en Francia hasta 1970), el hijo era propiedad del padre y los gobiernos de esos países no se consideraban totalitarios; ahora bien, la atribución que hace el autor del caso contrario (el hijo es propiedad de la madre) al «feminismo de género» no es más que una forma más de abarcar a todo el feminismo como una corriente perversa y totalitaria a eliminar (¿o es que acaso el feminismo se puede referir a otra cosa distinta al género?).
«5.- El fascio-feminismo, el "feminismo de la diferencia" tergiversa las estadísticas sobre hombres y mujeres y oculta datos a la opinión pública, cuando los mismos cuestionan la falacia totalitaria de que el hombre es el agresor por excelencia y no la clase social dominante (hombres y mujeres) frente a las clases sociales (hombres y mujeres) económicamente más débiles.
Ejemplos:
-Se oculta que hay un mayor número de lapidaciones de hombres por motivo de adulterio que de mujeres muertas por el mismo procedimiento en algunos países islámicos (Nigeria), la ablación de penes en niños (Etiopía), mayor número de niños soldados, mayor número de hombre muertos en las guerras, violaciones a varones por parte de mujeres soldados, etc.
-Se manipulan los datos salariales de las mujeres, etc.
-Se ocultan los datos de hombres muertos asesinados por mujeres.
-Se ocultan los datos de hombres maltratados, psicológica y también físicamente, por mujeres.
-Se ocultan los suicidios de hombres con la vida destrozada por las presiones judiciales, fruto de leyes sexistas discriminatorias, que les dejan desposeídos de toda posibilidad de defensa ante denuncias falsas de maltrato y favorecen su expolio económico, e incluso su encarcelamiento siendo inocentes.»
Tras los cuatro primeros puntos de la teoría general que guía a este conspiracionismo, entramos de lleno en la primera retahíla de datos concretos que demostrarían la falsedad o manipulación de los datos que nos muestra el poder establecido; no obstante, se insiste de nuevo (por si no hubiese quedado claro en el primer punto) en afirmar que el discurso real de la izquierda (opuesta al fascio) no puede versar sobre el género, sino sobre la lucha de clases, como si ambos discursos fuesen incompatibles.

El autor aporta como primer dato que el número de lapidaciones de hombres por motivo de adulterio es mayor que el de mujeres en Nigeria; no aporta ningún dato concreto sobre cuántos hombres más que mujeres han muerto en ese país lapidados, así que tampoco vamos a dudar que sea cierto. No obstante, hay un dato que se obvia en dicho alegato: la sharia (que es una interpretación libre del Corán, distinta en cada país, plasmada en una ley) no formó parte del ordenamiento jurídico nigeriano hasta 1999. Ni tan siquiera forma parte del ordenamiento jurídico de todo el país, puesto que solo se aplica en 12 de los 36 estados que forman Nigeria (todos en el norte); hasta su entrada en vigor, cada etnia (existen más de 250 etnias distintas en ese país) se regía por sus propias costumbres. Pues bien, los varones acusados de adulterio pueden librarse de la lapidación, según la sharia nigeriana, jurando encima del Corán, mientras que las mujeres necesitan el testimonio de al menos cuatro varones (no sirve el testimonio de otra mujer) que ratifiquen su versión; la pregunta se hace imprescindible: ¿por qué hay tantos varones nigerianos que aceptan la ejecución por lapidación si un simple juramento sobre el Corán les evitaría la muerte? La respuesta es fácil: la lapidación de los hombres es una cuestión religiosa (se acusa de adulterio a quienes siguen costumbres contrarias a las musulmanas), no de género. Simplemente con haber cambiado Nigeria por Irán se hubiese ahorrado el autor quedar en evidencia ante el absoluto desconocimiento de los datos que aportaba.

El segundo dato (la ablación de penes en Etiopía) es simplemente ignorancia supina: en Etiopía se circuncida el prepucio (nunca el pene) a los niños (es una cuestión generalizada entre los países musulmanes) y a los hombres mayores de 60 años (en la tribu konso). Lo más aproximado a una ablación de pene se da en otra tribu etíope (los janjero, un subgrupo de los sidamo), en la cual se extirpa un testículo para evitar tener gemelos por considerarse que éstos traen mala suerte.

Es obvio que la circuncisión del prepucio o incluso la extirpación de un testículo no están destinadas a eliminar el placer sexual del varón, sino a supersticiones de carácter religioso; sólo en el caso de la ablación femenina se trata de una operación destinada a eliminar el placer sexual de la mujer.

El tercer y cuarto datos (los niños soldado y los varones muertos en guerras) ya se habían introducido en el punto 2, por lo que no cabe más que repetir lo ya dicho: resulta materialmente imposible que existan niñas soldado o mujeres soldado muertas en una guerra si a las mujeres no se les permite formar parte del ejército.

En lo referente a las violaciones a varones por parte de mujeres soldado, poco puedo decir, porque no he encontrado ni un solo caso documentado; tal vez el autor tenga acceso a datos desconocidos para mí.

De todas formas, volvemos de nuevo a esa extraña forma de razonar de los conspiracionismos: las fascio-feministas hablan de las lapidaciones de mujeres y no de las de hombres; por lo tanto, las fascio-feministas quieren ocultar las lapidaciones de varones. Es decir, que los antitaurinos quieren ocultar las peleas de gallos porque sólo hablan del maltrato a los toros; la lógica conspiracionista en estado puro.

En cuanto a la manipulación de los datos salariales de las mujeres, se trata de uno de los temas estrella de estos conspiracionistas; al ser un tema vital para defender su argumentario, se aportan más datos. Y cuantos más datos, más fácil resulta detectar sus errores, que son muchos; veamos una ampliación de esos datos supuestamente manipulados (extraídos de este texto, ya enlazado anteriormente):
«1. La mujer española está discriminada laboralmente: gana menos y ocupa cargos de menor responsabilidad.
Mentira.
Lo que nunca nos han querido contar es que:
La mujer trabaja de promedio 35 horas a la semana, y el hombre 42.
La mujer es mucho menos emprendedora que el hombre. Entre la población activa femenina, tan sólo el 3% son empresarias con trabajadores, frente al 7% de empresarios con trabajadores entre la población activa masculina.
La mujer elige oficios y carreras peor pagados. Por ejemplo en las carreras técnicas, mejor remuneradas que las de letras, la presencia femenina apenas supera el 30%.
El hombre se distribuye sectorialmente, sin embargo, el 87% de mujeres trabajadoras se concentra en el sector Servicios. No es de sorprender, que el 90% de accidentes laborales los padezca el hombre.
Según el estudio realizado en España y el Reino Unido por la prestigiosa socióloga británica Catherine Hakim, el 20% de mujeres trabajadoras prefiere volcarse en el trabajo, otro 20% en la familia, y el 60% restante prefiere compaginar familia y trabajo. En cuanto al hombre, el 50% se vuelca en el trabajo, y el otro 50% prefiere compaginar familia y trabajo.
Voceros del feminismo de género, sostienen que la mujer gana menos por hora por exactamente el mismo trabajo. Esto no es cierto, y además fue desmentido en su día por el ministro de Trabajo (El País, 12/03/2006) y el secretario general de CCOO (Los Desayunos de TVE, 10/10/2007). Si esto fuera cierto, las empresas contratarían mujeres antes que hombres, cosa que no ocurre.»
Empecemos por el final. Ya resultaría extraño que parte de la gran conspiración (ya veremos más adelante la multitud de individuos y organizaciones que participan de una u otra forma en esta gran persecución contra el varón) se dedicara a negarse a sí misma, pero todo podría ser; veamos lo que dijo el Ministro de Trabajo, Jesús Caldera, el domingo 5 de marzo de 2006, puesto que la referencia a El País del día 12 corresponde a la sección del Defensor del Lector, que cita la entrevista del domingo anterior:
«Pregunta. Los hombres ganan de media en España un 40% más que las mujeres. ¿Qué hace esta ley para superar esta brecha?
Respuesta. En un tiempo prudencial se debe corregir esa disfunción tan abultada. La diferencia se debe más a los puestos que ocupan el hombre y la mujer, que a que haya sueldos distintos para un mismo trabajo. Por el mismo trabajo, hombres y mujeres perciben el mismo salario, el problema radica en que los hombres ocupan los puestos mejor pagados y de mayor responsabilidad.»
Aunque no existe acceso al programa Los Desayunos de TVE del 10 de octubre de 2007, podemos suponer que lo dicho por el Secretario General de Comisiones Obreras debió ser similar a lo dicho por el Ministro de Trabajo, ambos parte de la gran conspiración. El día 12, la frase que se extrae de la entrevista del domingo anterior es la última; sin embargo, dicha frase forma parte de toda la respuesta, en la que previamente el Ministro de Trabajo establece (se resalta en negrita) al menos dos causas que crean ese 40% de media que cobran de más los hombres. Eso es exactamente lo que establecen los innumerables trabajos científicos que se han realizado al respecto: que esa diferencia de sueldo proviene de varias causas, y no todas ellas constituyen discriminación directa por razón de sexo. Estos estudios (entre ellos éste de la Revista de Economía Aplicada nº 48 o incluso éste del Centro de Estudios Monetarios y Financieros, ejemplo de estudio independiente blandido habitualmente por estos conspiracionistas) utilizan como referencia el salario por hora trabajada, por lo que las horas que trabajen las mujeres o los hombres (primer argumento sobre lo que «nunca nos han querido contar») no tienen relevancia alguna en los resultados.

Asimismo, estos estudios no incluyen las remuneraciones de profesionales (autónomos u otro tipo de emprendedores), sino sólo los importes percibidos por los asalariados, por lo que tampoco tienen relevancia alguna los porcentajes de hombres y mujeres emprendedores (segundo argumento sobre lo que «nunca nos han querido contar»).

La segregación en establecimientos (que son el tercer y el cuarto argumentos sobre lo que «nunca nos han querido contar») es uno de los filtros establecidos por este tipo de estudios; efectivamente, se trata del principal factor que incide en las diferencias salariales entre hombres y mujeres, puesto que las mujeres se decantan hacia sectores o trabajos peor remunerados. Aunque desde diciembre de 1992 (cuando se declaró inconstitucional –por discriminatorio– el Decreto de 26 de Julio de 1957 si se entendía que las prohibiciones contenidas en él respecto a las mujeres eran absolutas) no existen trabas legales a la contratación de mujeres en cualquier puesto de trabajo, no puede obviarse que hasta esa fecha la mujer tenía prohibido por ley acceder a un significativo número de sectores, por lo que se arrastra un considerable déficit en cuanto al acceso a estas profesiones; así, el artículo primero de aquel Decreto (no derogado explícitamente hasta la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en 1995), decía que quedaba prohibido «a las mujeres, cualquiera que sea su edad»:
«a) El trabajo en las actividades e industrias que se comprenden en la relación primera unida al presente Decreto.
b) El engrase, limpieza, examen o reparación de las máquinas o mecanismos en marcha que resulten de naturaleza peligrosa.
c) El manejo de prensas, guillotinas, cizallas, sierras de cinta o circulares, taladros mecánicos y, en general, cualquier máquina que por las operaciones que realice, las herramientas o útiles empleados o las excesivas velocidades de trabajo represente un marcado peligro de accidentes, salvo que éste se evite totalmente mediante los oportunos dispositivos de seguridad.
d) Cualquier trabajo que se efectúe a más de cuatro metros de altura sobre el terreno o el suelo, salvo que se realice sobre piso continuo y estable, tal como pasarelas, plataformas de servicio u otros análogos, que se hallen debidamente protegidos.
e) Todos aquellos trabajos que resulten inadecuados para la salud de estos trabajadores por implicar excesivo esfuerzo físico o ser perjudiciales a sus circunstancias personales.
f) El trabajo de transportar, empujar o arrastrar cargas que representen un esfuerzo superior al necesario para mover en rasante de nivel los pesos (incluido el del vehículo) que se citan a continuación y en las condiciones que se expresan [se incluye una tabla en la que se especifica los pesos máximos para mujeres y para niños].
Corresponde a las respectivas Inspecciones Provinciales de Trabajo determinar en cada caso particular la medida en que deben aplicarse los apartados b), c), d) y e) de este artículo.»
A ese artículo del Decreto se le une el anexo citado en el apartado a), en el cual figuraban los trabajos a los que no podía acceder la mujer por «el alto concepto que en general al español merece la mujer y la atención que de manera especial debe ser puesta en evitar que un trabajo nocivo pueda perjudicar su naturaleza» (según consta en el preámbulo de dicho Decreto), entre los cuales figuran el cuidado de las reses bravas, los aserraderos de troncos, los trabajos de excavación, los trabajos en minas o canteras, los trabajos en andamios o subterráneos, los trabajos en empresas eléctricas…

De ahí que el tercer y el cuarto argumentos esgrimidos sobre lo que «nunca nos han querido contar» sean completamente falaces, puesto que esa segregación en sectores se ha establecido históricamente de forma obligatoria para las mujeres; obviamente, la falacia en el dato del mayor número de accidentes laborales entre los varones tiene esta misma procedencia.

No sabemos a qué estudio se refiere la cita sobre la socióloga británica Catherine Hakim (quinto argumento sobre lo que «nunca nos han querido contar»), aunque podemos hacernos una idea consultando su estudio Feminist Myths and Magic Medicine, publicado en enero del año pasado; resulta curioso que la manipulación de datos del “feminazismo” a la que se refieren los conspiracionistas les haya pasado completamente desapercibida en los estudios de esta socióloga, que elimina de las estadísticas sobre diferencias de salarios aquéllos empleos que son a tiempo parcial, porque incrementan la distancia entre lo que cobran los hombres y lo que cobran las mujeres en Inglaterra (y la autora pretendía demostrar lo contrario, claro, así que mejor eliminar esos datos para cuadrar la ecuación):
«The pay gap is normally measured as the difference in average gross hourly earnings for full-time workers. In the UK, the pay gap on this basis is variously reported as 16% or else 10% currently, depending on whether mean or median earnings data are used. However the European Commission regularly publishes league tables using average gross hourly earnings for all employees, whether full-time or part-time. This inflates the pay gap in countries with a large part-time workforce, such as the UK.»
Curiosa forma de quitarse de encima los datos que demuestran lo contrario de lo que esta socióloga quiere transmitir: que las políticas de igualdad de los países nórdicos han obtenido los mismos resultados que las políticas de igualdad del Reino Unido. Es lo que ocurre cuando se quiere demostrar que la realidad no es real: que se tienen que hacer trampas, y que las trampas siempre acaban por descubrirse.

3 comentarios :

  1. Evidentemente soy musulmán y conozco algo de la Ley Islámica o Sharía.

    No conozco que escuelas jurídicas islámicas operan en Nigeria de las cuatro que existen, pero cuando leo que "los varones acusados de adulterio pueden librarse de la lapidación, según la sharia nigeriana, jurando encima del Corán, mientras que las mujeres necesitan el testimonio de al menos cuatro varones (no sirve el testimonio de otra mujer) que ratifiquen su versión", se me hiela la sangre, algo habitual que me ocurre cuando el asunto huele a manipulación de la prensa "libre". La ley islámica es muy formal y comprensible para el que la conoce, pero desde la óptica de un occidental, la posibilidad de no entender nada de nada de Sharia es enorme y si de lo que se trata es de martillear contra el Islam a ver si la población acaba justificando la próxima intervención militar, la posibilidad es completa. Lo que se ha presentado como una regla general en Nigeria tiene todos los visos de una extrapolación de un caso determinado con circunstancis determinadas, porque el Corán no dice nada que se le parezca, y ninguna escuela jurídica o mahdab de los 4 que existen puede contradecir las normas generales del ilhm y mucho menos al mismo Corán. La propaganda anti-íslámica en occidente suele dar por buenas estas "instantáneas" que occidente suele ofrecernos del mundo musulmán. Pero bueno, aún dando por buena esa anti-islámica "ley islámica" de Nigeria, usted entiende que la respuesta a tanta lapidación masculina es porque se aplica la ley a no musulmanes. Cualquier musulmán conoce la anécdota de como un combatiente no musulmán, perdida su arma y a punto de morir se declaró musulmán para no recibir la espada de su adversario y en ese momento el Profeta dijo que si alguien lo mataba sería juzgado por asesinato. Eso hasta los extremistas -que poco saben de Islam- lo respetan ( ¿cuantos secuestros no acaban con los secuestrados aceptando el Islam?). ¿Como es pues que estos adúlteros no se convierten al Islam, juran y se van de rositas a sus casas?
    En su explicacion hay algo de fantasía de Ulises volviendo de Itaca. No me cuadra con la mentalidad africana ni con la musulmana que un marido, una madre, toda una aldea se quede tan tránquila cuando un adultero jura sobre el Corán que él no fue quien se acostó con su hermana, hija, esposa. Se lo digo muy en serio, la cosa cuando más la recreo, pasa de Itaca a Ciencia Ficción. Pero más inconcebible es que la pareja del adúltero si sea condenada, ya que si ella cometió adulterio, él también, ES DE CAJON y sus juramentos sobre el Corán no pueden tener ningún valor, porque el juez ha reconocido el adulterio de ambos.
    En Irán se lapida por adulterio a hombres y a mujeres, no muy frecuentemente por cierto. No creo que haya mucha diferencia por sexos en esto de las lapidaciones en Irán, la percepción de que solo se lapidan mujeres es otro producto de la factoría de triquiñuelas que es la prensa occidental que tiene claro interés en enseñarnos lo que confirma las directrices de la política en nuestros países, la justificación de nuestras invasiones. Las cosas no son como nos las cuentan, en concreto en Irán, país considerado por la prensa como peligroso, militarizado, fanático e inculto que cuando uno lo recorre se queda de piedra porque los estereotipos de nuestros "informadores" periodísticos brillan completamente por su ausencia.

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    1. Hola, Anónimo.

      Ante todo, gracias por tu argumentada opinión.

      Ahora bien, teniendo en cuenta que esta entrada no versa sobre el islamismo, aunque sí cita algunos casos puntuales blandidos por un tercero (la referencia inicial a Nigeria -sin datos que la soporten- no es mía, sino de un texto de Carlos Caldito Aunión al cual estoy respondiendo), no voy a extenderme demasiado en la respuesta, aunque sí voy a clarificar algunos aspectos que considero que desvirtúan tu cerrada defensa de la Sharia y, por extensión, tu acérrima crítica hacia sus críticos, al menos en lo que se refiere al adulterio y a sus consecuencias.

      Lo primero que debemos clarificar es el concepto de adulterio, que pareces no tener muy claro cuando afirmas que «más inconcebible es que la pareja del adúltero sí sea condenada, ya que si ella cometió adulterio, él también, ES DE CAJÓN y sus juramentos sobre el Corán no pueden tener ningún valor, porque el juez ha reconocido el adulterio de ambos».

      El adulterio, salvo que tú tengas otro concepto distinto, no se produce en el seno de la pareja (el matrimonio), sino fuera de él; cuando el adulterio deviene en embarazo, éste es -según algunas interpretaciones del Corán- la prueba que condena a la mujer. Sin embargo, no se condena por adúltero al marido de ésta (su pareja), sino al otro adúltero: obviamente, para cometer adulterio son necesarias dos personas, pero que un juez reconozca el adulterio en una (la mujer embarazada) no significa que se reconozca automáticamente al otro autor del adulterio. Y eso es así en las sociedades africanas, en las musulmanas y, hasta hace muy poco -el adulterio también formaba parte del código penal español-, en la española.

      Vaya por delante también que la importancia dada a la cuestión numérica (más hombres o más mujeres lapidados por la aplicación de la Sharia en los casos de adulterio) tampoco es mía, sino del texto original de Carlos Caudito Aunión, que es quien afirma -aunque sea sin datos que lo respalden- que en Nigeria hay más lapidaciones de hombres que de mujeres; yo me limito a poner en entredicho que dichas lapidaciones -sin entrar en la veracidad de la afirmación- sean una cuestión «de género» (eso afirma el autor original del texto al que estoy contestando en esta entrada) y afirmo que en el caso de Nigeria estamos ante un conflicto de religiones, y que es ese conflicto religioso (y no una cuestión de género) el causante de un mayor número de lapidaciones entre los hombres que entre las mujeres. ¿Y en qué me baso para afirmarlo? Pues en la historia reciente de Nigeria; sólo es necesario buscar las hemerotecas y veremos cómo la conflictividad religiosa (o al menos con la religión como argumento, aunque el trasfondo sea -cómo no- económico) lleva décadas instaurada en un país con decenas de miles de muertos a sus espaldas por ese conflicto.

      (Sigue)

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    2. (Viene del comentario anterior)

      Por otra parte, me choca la pregunta que te haces («¿Cómo es pues que estos adúlteros no se convierten al Islam, juran y se van de rositas a sus casas?»). Te la respondo con dos preguntas a las que, por supuesto, no es necesario que contestes (son retóricas): ¿qué castigo se inflige a un musulmán que reniega de su religión? ¿Conoces alguna religión en la que renegar de su Dios sea ya no premiado, sino que simplemente no signifique ningún tipo de represalia al renegado? La persecución de los renegados (o de los apóstatas) no es exclusiva del islamismo; pero que no sea exclusiva no significa que no exista. Alguien a quien se le da a elegir entre ser lapidado (por extraños) por adúltero o ser ejecutado (por su entorno) por renegado elegirá, seguramente, la primera opción para no manchar el nombre de su familia en su entorno.

      Y, efectivamente, en Irán se lapida por adulterio a hombres y a mujeres; y hay más hombres que mujeres condenados. Eso es lo que digo en el texto y lo que dice el enlace que facilito al referirme a ese país. Y, una vez más, la cuestión numérica (la frecuencia con la que se lapida en Irán) no la introduzco yo; su número debería ser 0. Que diez lapidaciones al año (es un ejemplo) sea mucho o poco depende de la perspectiva de quien lo afirma.

      Y, por último, que una determinada interpretación del Corán (la que tú transmites aquí) reniegue de otras interpretaciones tampoco significa que esas otras interpretaciones dejen de existir; la condena de lapidación a Amina Lawal (aunque más tarde fuese anulada) y la exclusión de pena para el padre de su hijo (por falta de pruebas) son una realidad. Por muchas interpretaciones bienintencionadas del Corán que puedan existir, negar la existencia de la realidad (o incluso achacar la condena de Amina Lawal a una tergiversación de la prensa occidental) no elimina las otras interpretaciones islámicas existentes ni su reflejo, no sólo en la Sharia de cada corriente, sino en las condenas emanadas de los tribunales islámicos que la aplican.

      Un saludo.

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